Constitucional

Acción Extraordinaria de Protección

Ley aplicable: Constitución de la República del Ecuador (2008) Art. 94; LOGJCC Arts. 58-62Actualizado: marzo de 2026

ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN

CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

SALA DE ADMISIÓN


ACCIONANTE: __________, con cédula de ciudadanía / pasaporte No. __________, de __ años de edad, de estado civil __________, de ocupación __________, domiciliado/a en __________, provincia de __________, teléfono __________, correo electrónico __________.

ABOGADO PATROCINADOR: Ab. __________, con matrícula profesional No. __________, con domicilio profesional en __________.

DECISIÓN JUDICIAL IMPUGNADA: __________ (auto / sentencia / resolución) dictado/a el __ de __________ de 20__, por el/la __________ (Sala / Juzgado / Tribunal), dentro del proceso No. __________, en el que la parte accionante actuó como __________ (actor / demandado / tercero).

ACCIONADO/A (Juez/a o Tribunal que dictó la decisión): __________, en calidad de __________, con sede en __________.


I. LEGITIMACIÓN ACTIVA

Comparezco ante la Corte Constitucional del Ecuador en ejercicio del derecho que me confiere el artículo 94 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos 58 al 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), en calidad de parte del proceso judicial que origina la presente acción. La acción extraordinaria de protección procede contra sentencias o autos definitivos en los que, por acción u omisión, se haya violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.


II. COMPETENCIA

De conformidad con el artículo 94 de la Constitución de la República, el artículo 58 de la LOGJCC y el artículo 436 numeral 6 de la Constitución, la Corte Constitucional es el único órgano competente para conocer y resolver la acción extraordinaria de protección. Solicito respetuosamente que se avoque conocimiento de la presente acción.


III. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

3.1 Agotamiento de recursos ordinarios

La parte accionante ha agotado todos los recursos ordinarios y extraordinarios disponibles dentro del proceso judicial, conforme lo exige el artículo 61 numeral 1 de la LOGJCC, lo cual se demuestra con:

  • __________ (recurso de apelación interpuesto y resuelto mediante __________)
  • __________ (recurso de casación interpuesto y resuelto mediante __________)
  • __________ (otros recursos disponibles que fueron ejercidos)

(En el supuesto de que la ley prevea la posibilidad de interposición de recursos, pero en el caso concreto no sea exigible su agotamiento, señalar la razón: v.g., la omisión de motivación del auto o sentencia, la violación manifiesta de derechos constitucionales, etc.)

3.2 Plazo de interposición

La presente acción se interpone dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir de la notificación de la decisión impugnada, conforme lo establece el artículo 60 de la LOGJCC. La notificación de la decisión se realizó el __ de __________ de 20__, y la presente acción se interpone el __ de __________ de 20__.

3.3 Naturaleza de la decisión impugnada

La decisión impugnada es un/a __________ (sentencia / auto definitivo) que pone fin al proceso judicial No. __________, dictado/a por __________ y que tiene efectos de cosa juzgada formal / material.


IV. DERECHOS CONSTITUCIONALES VULNERADOS POR LA DECISIÓN JUDICIAL

La decisión judicial impugnada ha vulnerado los siguientes derechos constitucionales:

4.1 Vulneración al debido proceso

(Artículo 76 de la Constitución)

  • [ ] Falta de motivación (Art. 76 numeral 7 literal l): La decisión carece de motivación suficiente porque __________.
  • [ ] Violación al derecho de defensa (Art. 76 numeral 7 literal a): __________.
  • [ ] Vulneración al principio de legalidad (Art. 76 numeral 3): __________.
  • [ ] Violación al principio de contradicción: __________.
  • [ ] Violación al principio de inmediación: __________.
  • [ ] Otra garantía del debido proceso: __________.

4.2 Otros derechos constitucionales vulnerados

  • Derecho a __________: Artículo __ de la Constitución — vulnerado porque __________.
  • Derecho a __________: Artículo __ de la Constitución — vulnerado porque __________.

V. RELACIÓN DE LOS HECHOS DEL PROCESO ORIGINAL

PRIMERO. (Describa brevemente el proceso original). Que el proceso judicial No. __________ se originó en virtud de __________ (materia y naturaleza del proceso: civil, penal, laboral, etc.), siendo las partes __________ (nombres de actor y demandado).

SEGUNDO. (Describa el desarrollo del proceso). Que dentro del referido proceso, en primera / segunda instancia / casación, la judicatura __________ resolvió __________.

TERCERO. (Describa el acto u omisión judicial que vulnera derechos). Que la decisión impugnada, específicamente en su considerando / resolutivo __________, vulnera los derechos constitucionales del accionante al __________.

CUARTO. (Describa en qué consiste concretamente la violación). Que la vulneración al debido proceso / al derecho __________ se materializa en el hecho de que el/la juzgador/a __________.

QUINTO. (Describa el perjuicio sufrido). Que como consecuencia directa de la decisión judicial impugnada, el accionante ha sufrido __________ (perjuicio concreto: privación de derechos, daño patrimonial, privación de libertad, etc.).


VI. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES

6.1 Fundamento Constitucional

  • Artículo 94 de la Constitución: La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que, por acción u omisión, se haya violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

  • Artículo 436 numeral 6 de la Constitución: Establece como atribución de la Corte Constitucional conocer y resolver las acciones extraordinarias de protección contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia.

  • Artículo 76 de la Constitución: Garantías del debido proceso que han sido vulneradas en el caso concreto.

6.2 Fundamento Legal

  • Artículo 58 de la LOGJCC: Establece el objeto de la acción extraordinaria de protección: la protección de los derechos constitucionales y del debido proceso en sentencias, autos definitivos, resoluciones con fuerza de sentencia, en los que se hayan violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución.

  • Artículo 59 de la LOGJCC: Establece los requisitos de admisibilidad de la acción.

  • Artículo 60 de la LOGJCC: Establece el plazo de treinta días para interponer la acción.

  • Artículo 61 de la LOGJCC: Establece los requisitos formales del escrito de interposición.

  • Artículo 62 de la LOGJCC: Regula el trámite ante la Corte Constitucional.

6.3 Jurisprudencia de la Corte Constitucional

  • Sentencia No. __________ de la Corte Constitucional del Ecuador: __________ (referenciar jurisprudencia relevante sobre la materia).
  • Sentencia No. __________ de la Corte Constitucional del Ecuador: __________.

VII. PRETENSIÓN

Con los fundamentos de hecho y derecho expuestos, solicito a la Corte Constitucional del Ecuador:

  1. Se admita a trámite la presente acción extraordinaria de protección, por reunir los requisitos constitucionales y legales.
  2. Se declare la vulneración de los derechos constitucionales invocados en la decisión judicial impugnada.
  3. En sentencia, se deje sin efecto la __________ (sentencia / auto) dictada/o por __________, dentro del proceso No. __________.
  4. Se ordene la expedición de una nueva decisión judicial en la que se respeten los derechos constitucionales del accionante.
  5. Subsidiariamente, se ordene __________ (medida de reparación integral alternativa).
  6. Se ordene la reparación integral del daño causado conforme al artículo 18 de la LOGJCC.

VIII. DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN

De conformidad con el artículo 61 de la LOGJCC, se adjuntan los siguientes documentos:

  1. Copia de la cédula de ciudadanía del accionante.
  2. Copia de la decisión judicial impugnada (sentencia / auto definitivo) con la razón de notificación.
  3. Copia de los recursos ordinarios y extraordinarios interpuestos y sus resoluciones.
  4. Copia de las piezas procesales más relevantes del proceso original, incluyendo:
    • __________ (demanda / escrito de contestación)
    • __________ (pruebas fundamentales actuadas)
    • __________ (actas de audiencia)
  5. __________ (Cualquier otro documento que acredite la vulneración de derechos).

IX. NOTIFICACIONES

Señalo como domicilio para recibir notificaciones:

  • Accionante / Abogado patrocinador: __________ (dirección física en Quito, donde tenga sede la Corte Constitucional) / casilla judicial No. __________ / correo electrónico: __________.

Firmo en ________, a los __ días del mes de __________ de 20.

 


EL/LA ACCIONANTE:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

 

ABOGADO/A PATROCINADOR/A:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

Matrícula No.: __________________________


Nota: Esta plantilla es un modelo referencial. La acción extraordinaria de protección es un mecanismo excepcional y subsidiario. Solo procede cuando se han agotado todos los recursos ordinarios y extraordinarios disponibles, y exclusivamente por vulneración de derechos constitucionales o del debido proceso en decisiones judiciales. Fundamento legal: Constitución de la República del Ecuador (2008), Art. 94; LOGJCC, Arts. 58-62.