Acción de Protección por Derecho a la Salud
ACCIÓN DE PROTECCIÓN POR DERECHO A LA SALUD
SEÑOR/A JUEZ/A DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE / JUEZ/A CONSTITUCIONAL
CIUDAD DE __________
ACCIONANTE: __________, con cédula de ciudadanía / pasaporte No. __________, de __ años de edad, de estado civil __________, de ocupación __________, domiciliado/a en __________, provincia de __________, teléfono __________, correo electrónico __________.
(En caso de actuar en representación de otra persona)
Actúo en calidad de (familiar / representante legal / cualquier persona en nombre del afectado) de __________, de __ años de edad, con cédula de ciudadanía / documento de identidad No. __________, quien se encuentra __________ (describir la situación del afectado: hospitalizado/a / en tratamiento / imposibilitado/a de actuar por sí mismo/a).
ABOGADO PATROCINADOR: Ab. __________, con matrícula profesional No. __________, con domicilio profesional en __________.
ACCIONADO/A: __________ (establecimiento de salud público o privado / IESS / ISSFA / ISSPOL / Ministerio de Salud Pública / empresa de seguros / médico o profesional de salud / persona particular), representado/a por __________, en su calidad de __________, con domicilio / sede en __________.
I. LEGITIMACIÓN ACTIVA
Comparezco ante usted en mi calidad de persona directamente afectada / representante de la persona afectada en su derecho a la salud. Mi legitimación activa se sustenta en el artículo 88 de la Constitución de la República del Ecuador, el artículo 9 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) y el artículo 32 de la Constitución, que reconoce la salud como un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos como el agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
II. COMPETENCIA
De conformidad con el artículo 86 numeral 2 de la Constitución de la República y los artículos 7 y 40 de la LOGJCC, es competente para conocer esta acción cualquier juez o jueza de primera instancia del lugar donde se origina el acto u omisión o donde se producen sus efectos. Solicito a usted, señor/a Juez/a, avoque conocimiento de la presente causa.
III. DERECHOS CONSTITUCIONALES VULNERADOS
La acción u omisión del accionado ha vulnerado los siguientes derechos constitucionales:
- Derecho a la salud: Artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador, que garantiza el derecho a la salud como parte del buen vivir y obliga al Estado a garantizar mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud.
- Derecho a la vida: Artículo 66 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Derecho a la integridad personal: Artículo 66 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Derecho a la seguridad social (si aplica): Artículo 34 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Derecho a la igualdad y no discriminación: Artículo 11 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Derechos de los pacientes (si aplica): Artículo 362 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Derechos de grupos de atención prioritaria (si aplica: adultos mayores / niños / personas con discapacidad / mujeres embarazadas): Artículos 35, 38, 44, 47, 49 de la Constitución.
- (Agregar otros derechos vulnerados según el caso)
IV. RELACIÓN DE HECHOS
Con el respeto que usted merece, expongo los siguientes hechos que fundamentan la presente acción:
PRIMERO. (Situación de salud de la persona afectada). Que el/la señor/a __________ padece / se encuentra en la siguiente condición de salud: __________ (descripción del diagnóstico médico, enfermedad, condición clínica o situación de emergencia, indicando el nombre del padecimiento, su gravedad y las consecuencias de no recibir atención).
SEGUNDO. (Tratamiento o atención requerida). Que de acuerdo con la prescripción médica / criterio de especialista, el/la afectado/a requiere con urgencia: __________ (medicamentos / cirugía / exámenes / tratamiento / hospitalización / atención de emergencia / prótesis / dispositivos médicos / terapias, etc.).
TERCERO. (Conducta del accionado — marque el supuesto aplicable). Que el/la accionado/a, pese a estar obligado/a a proporcionar la atención requerida, ha:
- [ ] Negado la atención médica de emergencia, argumentando __________.
- [ ] Negado la entrega de medicamentos prescritos por el médico tratante, específicamente: __________.
- [ ] Negado la autorización para cirugía / procedimiento médico necesario.
- [ ] Suspendido el tratamiento que venía siendo proporcionado, sin justificación médica.
- [ ] Condicionado la atención médica al previo pago de valores / cumplimiento de trámites administrativos, no obstante la urgencia del caso.
- [ ] Negado la afiliación / cobertura del seguro de salud para el tratamiento requerido.
- [ ] Aplicado una conducta discriminatoria en la prestación del servicio de salud por razones de __________.
- [ ] Omitido adoptar medidas para garantizar el acceso del/la afectado/a a servicios de salud oportunos y de calidad.
- [ ] Otra conducta: __________.
CUARTO. (Gestiones previas realizadas). Que con fecha __________, el accionante / el afectado/a solicitó a __________ la atención / medicación / procedimiento requerido. Sin embargo, el/la accionado/a __________ (negó / no respondió / respondió insuficientemente), conforme consta en __________.
QUINTO. (Riesgo para la vida e integridad). Que la negativa / omisión del/la accionado/a pone en riesgo grave e inminente la vida y la integridad física del/la afectado/a, por cuanto __________ (explicar el riesgo médico y las consecuencias de la demora en la atención).
V. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
5.1 Fundamento Constitucional
-
Artículo 32 de la Constitución: La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.
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Artículo 362 de la Constitución: Los servicios de salud serán seguros, de calidad y calidez, y garantizarán el consentimiento informado, el acceso a la información y la confidencialidad de la información de los pacientes. Los servicios públicos estatales de salud serán universales y gratuitos en todos los niveles de atención.
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Artículo 363 de la Constitución: Establece las responsabilidades del Estado en materia de salud, incluyendo la de formular políticas públicas que garanticen la promoción, prevención, curación, rehabilitación y atención integral en salud.
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Artículo 88 de la Constitución: Garantía constitucional de acción de protección.
5.2 Fundamento Legal
- Artículos 39 al 42 de la LOGJCC: Regulan la acción de protección.
- Ley Orgánica de Salud (LOS): Regula los derechos y deberes de los usuarios de los servicios de salud y las obligaciones de los prestadores de salud.
- Ley de Seguridad Social: Para casos relacionados con el IESS y otras instituciones de seguridad social.
- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud.
- Reglamento de Derechos y Deberes de los Pacientes.
5.3 Instrumentos Internacionales
- Observación General No. 14 del Comité DESC: El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 4 (Derecho a la vida) y artículo 26 (DESCA).
- Protocolo Adicional a la CADH en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ("Protocolo de San Salvador"), artículo 10 (Derecho a la salud).
- Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 24 (Derecho a la salud) (si aplica).
- Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículo 25 (si aplica).
VI. MEDIDAS CAUTELARES
De conformidad con el artículo 87 de la Constitución y los artículos 26 al 38 de la LOGJCC, solicito con carácter urgente las siguientes medidas cautelares, en razón del riesgo inminente para la vida y la salud del/la afectado/a:
- Se ordene de manera inmediata al/la accionado/a proporcionar al/la afectado/a __________ (atención médica / medicamento / procedimiento requerido).
- Se ordene que no se suspenda ni interrumpa el tratamiento que actualmente recibe el/la afectado/a.
- Se ordene al/la accionado/a abstenerse de __________ (conducta que agrava la situación del/la afectado/a).
- (Agregar otras medidas de urgencia según el caso)
VII. PETICIÓN / PRETENSIÓN
Con los fundamentos de hecho y derecho expuestos, solicito a usted, señor/a Juez/a:
- Se avoque conocimiento de la presente acción de protección con la urgencia que amerita el caso.
- Se califique y admita a trámite la demanda.
- Se ordenen las medidas cautelares solicitadas de forma inmediata.
- Se notifique a la parte accionada.
- En sentencia, se declare la vulneración del derecho a la salud y, en consecuencia, se ordene al/la accionado/a:
- Proporcionar de forma inmediata e integral la atención médica / medicación / procedimiento requerido;
- __________ (medida de reparación específica: autorización del tratamiento, cobertura del seguro, entrega de medicamentos, etc.);
- La reparación integral del daño causado conforme al artículo 18 de la LOGJCC;
- El pago de costas y honorarios del proceso.
VIII. ANUNCIO DE PRUEBAS
Para el momento procesal oportuno, anuncio los siguientes medios probatorios:
Documentos:
- Copia de la cédula de ciudadanía del accionante y del afectado (documentos de representación, si aplica).
- Historia clínica / informe médico que acredita el diagnóstico y la necesidad del tratamiento.
- Prescripción médica del tratamiento / medicamento / procedimiento requerido.
- __________ (Negativa del accionado: comunicación escrita / resolución / informe de negativa).
- __________ (Gestiones previas: solicitudes presentadas al accionado y sus respuestas).
- __________ (Presupuestos de tratamiento, facturas de gastos médicos incurridos, si aplica).
- __________ (Certificado de afiliación al sistema de seguridad social, si aplica).
Testimonios:
- El testimonio del/la accionante.
- El testimonio del médico tratante.
- El testimonio de __________ (otros testigos pertinentes).
Periciales:
- Informe pericial médico que establezca la necesidad del tratamiento y el riesgo para la salud y la vida del/la afectado/a.
IX. NOTIFICACIONES
Señalo como domicilio para recibir notificaciones:
- Accionante / Abogado patrocinador: __________ (dirección física) / casilla judicial No. __________ / correo electrónico: __________.
- Accionado/a: __________ (domicilio o sede de la institución de salud / autoridad).
Firmo en ________, a los __ días del mes de __________ de 20.
EL/LA ACCIONANTE / REPRESENTANTE:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________
Calidad en que actúa: __________________________
ABOGADO/A PATROCINADOR/A:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
Matrícula No.: __________________________
Nota: Esta plantilla es un modelo referencial. Las acciones de protección por derecho a la salud revisten especial urgencia cuando existe riesgo para la vida. Deben ser adaptadas a los hechos específicos del caso. Fundamento legal: Constitución de la República del Ecuador (2008), Arts. 32, 88; LOGJCC, Arts. 39-42.