Inmobiliario

Contrato de Administración de Bienes Inmuebles

Ley aplicable: Código Civil, Arts. 2020-2119, 1455 ss.Actualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES

República del Ecuador Contrato Privado de Administración de Inmueble


IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO

  • Tipo de documento: Contrato de Administración de Bienes Inmuebles
  • Fundamento legal: Código Civil ecuatoriano, Arts. 2020-2119 (Mandato); Arts. 1455 y siguientes (Contratos en general)
  • Fecha de celebración: [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO]
  • Duración: [NÚMERO] [meses / años] renovables

COMPARECIENTES

PROPIETARIO / MANDANTE:

Yo, [NOMBRE COMPLETO DEL PROPIETARIO], de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía número [NÚMERO], domiciliado/a en [CIUDAD, PROVINCIA], estado civil [ESTADO CIVIL]; en adelante denominado/a "EL PROPIETARIO".

ADMINISTRADOR / MANDATARIO:

Yo/Nosotros, [NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ADMINISTRADOR], [persona natural: con cédula de ciudadanía número [NÚMERO] / persona jurídica: con RUC [NÚMERO], representada legalmente por [NOMBRE], cédula [NÚMERO]], domiciliado/a en [CIUDAD]; en adelante denominado/a "EL ADMINISTRADOR".


DECLARACIONES PREVIAS

PRIMERA. — Calidad de Propietario

EL PROPIETARIO declara ser legítimo/a propietario/a del bien inmueble descrito a continuación, inscrito en el Registro de la Propiedad del Cantón [CANTÓN]:

  • Descripción del inmueble: [TIPO: Casa / Departamento / Local comercial / Edificio / Conjunto de propiedades]
  • Dirección: [DIRECCIÓN COMPLETA]
  • Área: [ÁREA] m² / área de construcción: [ÁREA] m²
  • Clave catastral: [NÚMERO]
  • Antecedente registral: Escritura inscrita en el R.P. del Cantón [CANTÓN], No. [NÚMERO], de fecha [FECHA].
  • Uso actual: [Residencial / Comercial / Industrial / Mixto — ESPECIFICAR SI ESTÁ ARRENDADO O VACÍO]

SEGUNDA. — Capacidad del Administrador

EL ADMINISTRADOR declara tener la experiencia, idoneidad y capacidad necesarias para ejercer la administración del bien inmueble en los términos del presente contrato, y que cuenta con los recursos logísticos y humanos adecuados para cumplir sus obligaciones.


CLÁUSULAS CONTRACTUALES

CLÁUSULA PRIMERA. — OBJETO DEL CONTRATO

EL PROPIETARIO encarga a EL ADMINISTRADOR, quien acepta, la administración, gestión y supervisión del bien inmueble descrito en la Declaración Primera, de conformidad con los términos establecidos en el presente instrumento y en concordancia con el mandato civil regulado en los Arts. 2020 y siguientes del Código Civil ecuatoriano.

EL ADMINISTRADOR actuará como mandatario de EL PROPIETARIO para todos los efectos de la administración ordinaria del inmueble, pudiendo realizar en su nombre los actos expresamente autorizados en el presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA. — FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR

EL ADMINISTRADOR queda expresamente facultado y obligado a:

2.1. Gestión de arrendamiento:

  1. Buscar y seleccionar arrendatarios idóneos mediante investigación de referencias y solvencia económica.
  2. Suscribir contratos de arrendamiento en nombre de EL PROPIETARIO, por un plazo máximo de [NÚMERO] año(s) sin autorización adicional.
  3. Cobrar mensualmente los cánones de arrendamiento y transferirlos a EL PROPIETARIO dentro de los [NÚMERO] días hábiles siguientes al cobro.
  4. Gestionar la renovación o terminación de contratos de arrendamiento.
  5. Iniciar los trámites de desahucio o demanda de pago de arrendamiento en los casos que corresponda, previa autorización escrita de EL PROPIETARIO.

2.2. Mantenimiento y conservación:

  1. Supervisar el estado general del inmueble y reportar a EL PROPIETARIO cualquier daño o deterioro.
  2. Contratar y supervisar los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo, hasta un monto de USD $[MONTO] por cada intervención, sin necesidad de autorización previa.
  3. Para trabajos que superen el monto indicado, obtener cotizaciones y presentarlas a EL PROPIETARIO para su aprobación.
  4. Supervisar el cumplimiento por parte de los arrendatarios de sus obligaciones contractuales respecto al inmueble.

2.3. Gestión de pagos:

  1. Pagar oportunamente los servicios básicos (agua, luz, teléfono) correspondientes a las áreas comunes y áreas vacantes, con cargo a los fondos que EL PROPIETARIO ponga a su disposición.
  2. Pagar el impuesto predial y demás tributos municipales del inmueble, previa provisión de fondos por parte de EL PROPIETARIO.
  3. Pagar al personal de servicio (portero, jardinero, etc.) contratado para el inmueble.

2.4. Rendición de cuentas:

  1. Llevar un registro contable ordenado de todos los ingresos y egresos relacionados con el inmueble.
  2. Presentar a EL PROPIETARIO un informe mensual de gestión con detalle de cobros realizados, pagos efectuados y saldo en su poder.
  3. Presentar un informe anual completo de la administración.

CLÁUSULA TERCERA. — ACTOS PROHIBIDOS SIN AUTORIZACIÓN EXPRESA

EL ADMINISTRADOR no podrá, sin autorización escrita previa de EL PROPIETARIO:

  1. Arrendar el inmueble por un plazo superior al establecido en la Cláusula Segunda.
  2. Suscribir o modificar contratos de arrendamiento en condiciones distintas a las instrucciones de EL PROPIETARIO.
  3. Vender, hipotecar, dar en comodato o de cualquier otra forma disponer del inmueble.
  4. Comprometer a EL PROPIETARIO en obligaciones que superen el límite establecido para mantenimiento.
  5. Interponer acciones judiciales en nombre de EL PROPIETARIO, salvo autorización expresa.
  6. Subarrendar el inmueble o ceder la administración a un tercero.

CLÁUSULA CUARTA. — OBLIGACIONES DE EL PROPIETARIO

EL PROPIETARIO se obliga a:

  1. Entregar a EL ADMINISTRADOR la documentación completa del inmueble (títulos, planos, inventario de bienes, contratos de arrendamiento vigentes, etc.).
  2. Proveer oportunamente los fondos necesarios para el pago de servicios, impuestos y trabajos de mantenimiento que superen la comisión administrada.
  3. Mantener informado a EL ADMINISTRADOR sobre cualquier circunstancia que afecte el inmueble.
  4. Pagar la comisión de administración en los términos pactados.
  5. Responder ante terceros por las obligaciones que EL ADMINISTRADOR haya contraído dentro de sus facultades.

CLÁUSULA QUINTA. — HONORARIOS Y COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN

Por los servicios de administración, EL PROPIETARIO pagará a EL ADMINISTRADOR una comisión equivalente al [PORCENTAJE]% [mensual/anual] sobre los ingresos brutos generados por el inmueble (canon de arrendamiento). Dicha comisión será retenida por EL ADMINISTRADOR al momento de la liquidación mensual.

En caso de que el inmueble se encuentre desocupado, las partes acuerdan [SELECCIONAR: no se pagará comisión / se pagará una tarifa fija mensual de USD $[MONTO]].

CLÁUSULA SEXTA. — INVENTARIO DEL INMUEBLE

Al inicio de la administración, las partes levantarán un inventario detallado de los bienes muebles e inmuebles que se entregan bajo administración, el mismo que se adjunta como Anexo No. [NÚMERO] y forma parte integrante del presente contrato.

CLÁUSULA SÉPTIMA. — PLAZO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene una duración de [NÚMERO] [meses/años], a partir de la fecha de su suscripción. Se renovará automáticamente por períodos iguales, salvo que cualquiera de las partes notifique su voluntad de no renovarlo con al menos [NÚMERO] días de anticipación al vencimiento.

CLÁUSULA OCTAVA. — TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Además del vencimiento del plazo, el presente contrato podrá darse por terminado por:

  1. Acuerdo mutuo de las partes.
  2. Incumplimiento grave de las obligaciones de cualquiera de las partes.
  3. Renuncia de EL ADMINISTRADOR con [NÚMERO] días de preaviso.
  4. Revocación del mandato por parte de EL PROPIETARIO, con [NÚMERO] días de preaviso.
  5. Muerte o incapacidad legal de EL ADMINISTRADOR.
  6. Venta del inmueble por parte de EL PROPIETARIO.

A la terminación, EL ADMINISTRADOR entregará a EL PROPIETARIO todos los documentos, fondos en su poder y el estado de cuentas actualizado, dentro de los [NÚMERO] días siguientes a la notificación de terminación.

CLÁUSULA NOVENA. — RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR

EL ADMINISTRADOR responde civilmente por los daños y perjuicios causados a EL PROPIETARIO que resulten del incumplimiento de sus obligaciones o del ejercicio de sus facultades fuera de los límites pactados. No responderá por los actos de terceros (arrendatarios, contratistas) que excedan su control razonable, siempre que haya actuado diligentemente.

CLÁUSULA DÉCIMA. — JURISDICCIÓN

Para efectos del presente contrato, las partes se someten a la competencia de los jueces del Cantón [CANTÓN], Provincia de [PROVINCIA], de conformidad con el COGEP.


FIRMAS

| | | |---|---| | EL PROPIETARIO / MANDANTE | EL ADMINISTRADOR / MANDATARIO | | [NOMBRE COMPLETO] | [NOMBRE O RAZÓN SOCIAL] | | C.C.: [NÚMERO] | C.C. / RUC: [NÚMERO] | | Firma: ___________________________ | Firma: ___________________________ |


TESTIGOS (opcional):

  1. [NOMBRE], C.C. [NÚMERO] — Firma: ___________________________
  2. [NOMBRE], C.C. [NÚMERO] — Firma: ___________________________

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