Laboral

Contrato de Aprendizaje

Ley aplicable: Código de Trabajo, Arts. 157-166, 15, 69, 73, 111, 113Actualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE APRENDIZAJE

En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.

Comparecen a la celebración del presente contrato de aprendizaje:

EMPLEADOR / ESTABLECIMIENTO DE FORMACIÓN: La empresa __________, con RUC No. __________, representada legalmente por el/la señor/a __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL EMPLEADOR" o "EL ESTABLECIMIENTO".

APRENDIZ: El/La señor/a __________, de nacionalidad __________, de __ años de edad, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL/LA APRENDIZ".

REPRESENTANTE LEGAL DEL APRENDIZ (si es menor de edad): El/La señor/a __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, en calidad de __________ (padre / madre / tutor/a legal) del/la aprendiz, quien comparece para autorizar y suscribir el presente contrato conforme al Artículo 159 del Código de Trabajo.

Los comparecientes, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente Contrato de Aprendizaje, al amparo de los Artículos 157 a 166 del Código de Trabajo del Ecuador, conforme a las siguientes cláusulas:


CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Y PROPÓSITO DEL APRENDIZAJE

EL EMPLEADOR se obliga a enseñar prácticamente un oficio, arte o trabajo a EL/LA APRENDIZ, quien se compromete a aprender dicho oficio con dedicación y respeto. El objeto de aprendizaje es:

Oficio / Arte / Área de formación: __________

Descripción de las habilidades y conocimientos a impartir:

a) __________ b) __________ c) __________ d) __________

El presente contrato tiene por finalidad la formación profesional del/la aprendiz en el área indicada, combinando la instrucción teórica con la práctica supervisada en el establecimiento, conforme al Artículo 157 del Código de Trabajo.


CLÁUSULA SEGUNDA: DURACIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato de aprendizaje tendrá una duración de __________ (__ meses), comprendido entre el __ de __________ de 20__ y el __ de __________ de 20__, conforme al Artículo 160 del Código de Trabajo.

Nota: El Artículo 160 del Código de Trabajo establece que el contrato de aprendizaje tendrá un plazo máximo de un (1) año. Si al vencimiento de dicho plazo no se ha determinado la aptitud o ineptitud del aprendiz, el contrato concluirá de pleno derecho.


CLÁUSULA TERCERA: PERÍODO DE PRUEBA

Se establece un período de prueba de noventa (90) días, contados desde la fecha de inicio del contrato, durante el cual cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato sin responsabilidad, conforme al Artículo 161 del Código de Trabajo.


CLÁUSULA CUARTA: JORNADA DE TRABAJO Y FORMACIÓN

La jornada de aprendizaje se distribuirá de la siguiente manera:

4.1. Jornada total diaria: __ horas (no mayor a 8 horas diarias ni a 40 horas semanales).

4.2. Distribución:

| Actividad | Horas diarias | Días | |-----------|---------------|------| | Formación práctica en el establecimiento | __ horas | __________ | | Instrucción teórica / clases | __ horas | __________ | | Descanso | __ horas | __________ |

4.3. Horario:

  • Entrada: __________ horas
  • Salida: __________ horas

4.4. Si EL/LA APRENDIZ es menor de quince (15) años de edad, la jornada no excederá de seis (6) horas diarias, de conformidad con el Artículo 163 del Código de Trabajo y la normativa sobre trabajo infantil protegido.


CLÁUSULA QUINTA: SALARIO DEL APRENDIZ

EL EMPLEADOR pagará a EL/LA APRENDIZ los siguientes estipendios:

5.1. Durante los primeros seis (6) meses:

  • Porcentaje del Salario Básico Unificado: el __ % del SBU vigente.
  • Valor mensual: USD $__________.

5.2. A partir del séptimo mes:

  • Porcentaje del Salario Básico Unificado: el __ % del SBU vigente.
  • Valor mensual: USD $__________.

Nota: Conforme al Artículo 162 del Código de Trabajo, el salario del aprendiz no podrá ser inferior a los porcentajes del Salario Básico Unificado que fije el Ministerio de Trabajo, que actualmente son del __ % durante el primer período y del __ % en el segundo período.

El pago se realizará de forma mensual / quincenal, mediante __________.


CLÁUSULA SEXTA: BENEFICIOS Y PROTECCIÓN SOCIAL

EL/LA APRENDIZ tendrá derecho a los siguientes beneficios:

a) Afiliación al IESS: Desde el primer día de labores, conforme al Artículo 73 del Código de Trabajo. El aporte se calculará sobre el salario pactado; b) Décimo Tercer Sueldo proporcional: Conforme al Artículo 111 del Código de Trabajo; c) Décimo Cuarto Sueldo proporcional: Conforme al Artículo 113 del Código de Trabajo; d) Vacaciones: Proporcionales al tiempo de servicio, conforme al Artículo 69 del Código de Trabajo; e) Seguro de riesgos del trabajo: Cobertura del IESS ante accidentes o enfermedades profesionales derivadas del aprendizaje; f) Los demás beneficios que le sean aplicables conforme a la ley y la naturaleza de la relación.


CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

EL EMPLEADOR se obliga a:

a) Enseñar práctica y metódicamente el oficio o arte objeto del contrato, de conformidad con el plan de aprendizaje aprobado; b) Proporcionar los materiales, herramientas e insumos necesarios para el aprendizaje; c) Designar a un instructor o maestro idóneo que supervise el proceso de aprendizaje: __________, en calidad de __________; d) Respetar la dignidad del aprendiz y no asignarle labores que excedan sus capacidades o que sean ajenas al objeto del contrato; e) Afiliar al aprendiz al IESS y pagar los aportes patronales en los plazos establecidos; f) Garantizar condiciones de seguridad y salud durante el proceso de aprendizaje; g) Certificar al aprendiz al término del contrato si ha demostrado aptitud en el oficio aprendido, conforme al Artículo 165 del Código de Trabajo; h) Registrar el presente contrato en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio de Trabajo.


CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL APRENDIZ

EL/LA APRENDIZ se obliga a:

a) Asistir puntualmente a las jornadas de aprendizaje práctico y teórico; b) Aplicarse con dedicación, obediencia y respeto en el aprendizaje del oficio; c) Cumplir las instrucciones del instructor y del empleador dentro del marco del contrato; d) Cuidar los materiales, herramientas y equipos utilizados en el aprendizaje; e) Cumplir las normas de seguridad y salud establecidas para la actividad; f) No divulgar los procedimientos, fórmulas o secretos industriales aprendidos durante el contrato; g) Cumplir el Reglamento Interno de Trabajo del establecimiento.


CLÁUSULA NOVENA: PLAN DE APRENDIZAJE

Las partes acuerdan el siguiente plan de aprendizaje, que podrá ser modificado por acuerdo escrito:

| Período | Contenido | Objetivos | Evaluación | |---------|-----------|-----------|------------| | Primer mes | __________ | __________ | __________ | | Segundo mes | __________ | __________ | __________ | | Tercer mes | __________ | __________ | __________ | | __________ | __________ | __________ | __________ |


CLÁUSULA DÉCIMA: TERMINACIÓN Y CERTIFICACIÓN

10.1. El contrato de aprendizaje podrá terminar por:

a) Vencimiento del plazo pactado (Art. 160 C.T.); b) Acuerdo de las partes; c) Ineptitud del aprendiz, calificada por el empleador en el período de prueba; d) Las demás causales del Artículo 169 del Código de Trabajo, en lo que fuera aplicable.

10.2. Conforme al Artículo 165 del Código de Trabajo, al término exitoso del contrato, EL EMPLEADOR expedirá un certificado que acredite el oficio aprendido, la duración del aprendizaje y la competencia demostrada por el/la aprendiz.

10.3. Si al término del contrato EL EMPLEADOR decide contratar al/la aprendiz en forma definitiva, el tiempo de aprendizaje se computará como tiempo de servicio para todos los efectos laborales.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: PROHIBICIONES ESPECIALES

Queda expresamente prohibido a EL EMPLEADOR:

a) Utilizar al aprendiz para labores distintas al oficio objeto del contrato; b) Asignar al aprendiz jornadas que excedan las legalmente permitidas; c) Encomendar al aprendiz menor de edad labores peligrosas o insalubres; d) Cobrar al aprendiz ningún valor por concepto de la enseñanza impartida.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: JURISDICCIÓN

Las controversias que se deriven del presente contrato serán resueltas por los Inspectores de Trabajo y Jueces de lo Laboral de __________, conforme al Código de Trabajo.


CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: ACEPTACIÓN Y REGISTRO

Las partes declaran conocer y aceptar el contenido íntegro del presente contrato y suscriben en dos ejemplares de igual valor. EL EMPLEADOR procederá a registrarlo en el SUT del Ministerio de Trabajo dentro del plazo legal.

 


EL EMPLEADOR:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I./RUC: __________________________

Cargo: __________________________

Fecha: __________________________

 

EL/LA APRENDIZ:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

Fecha: __________________________

 

REPRESENTANTE LEGAL DEL APRENDIZ (si es menor de edad):

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

Parentesco: __________________________

Fecha: __________________________