Contrato de Compraventa de Vehículo
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.
COMPARECEN: De una parte, EL/LA VENDEDOR/A, señor/a __________, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de identidad No. __________, con domicilio en __________, provincia de __________, a quien en adelante se le denominará "EL VENDEDOR"; y, de otra parte, EL/LA COMPRADOR/A, señor/a __________, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de identidad No. __________, con domicilio en __________, provincia de __________, a quien en adelante se le denominará "EL COMPRADOR".
Las partes comparecientes son mayores de edad, capaces para contratar y obligarse, y libre y voluntariamente celebran el presente Contrato de Compraventa de Vehículo, al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Vendedor es propietario legítimo del vehículo que se describe en la cláusula siguiente, el mismo que se encuentra libre de todo gravamen, hipoteca, prohibición de enajenar, embargo, o cualquier otro tipo de limitación al dominio o a la libre disposición del bien. El Vendedor declara bajo juramento que el vehículo objeto de este contrato no se encuentra reportado como robado o en litigio judicial alguno.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL VEHÍCULO OBJETO DE LA COMPRAVENTA
El vehículo objeto del presente contrato tiene las siguientes características:
- Tipo de vehículo: __________
- Marca: __________
- Modelo: __________
- Año de fabricación: __________
- Color: __________
- Número de placa: __________
- Número de chasis (VIN): __________
- Número de motor: __________
- Número de matrícula: __________
- Año de la matrícula: __________
- Cilindraje: __________ cc
- Combustible: __________
- Tonelaje / Capacidad: __________
El vehículo se entrega con los siguientes accesorios y documentos: __________.
CLÁUSULA TERCERA: DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
De conformidad con lo establecido en el Art. 1732 y siguientes del Código Civil Ecuatoriano, las partes acuerdan que el precio de la compraventa es la suma de USD $__________ (__________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA con __ centavos), valor que el Comprador pagará al Vendedor de la siguiente manera:
- Pago inicial: USD $__________ que el Comprador entrega en este acto, cuyo recibo el Vendedor otorga mediante la firma del presente instrumento, declarando quedar satisfecho.
- Saldo restante: USD $, que será cancelado mediante __________ cuotas de USD $ cada una, a pagarse los días __ de cada mes, a partir del __ de __________ de 20__.
Las partes declaran que el precio pactado es real, serio y en dinero, conforme lo exige el Art. 1732 del Código Civil.
CLÁUSULA CUARTA: TRADICIÓN Y ENTREGA DEL VEHÍCULO
El Vendedor se obliga a transferir el dominio y la posesión del vehículo descrito en la Cláusula Segunda al Comprador, mediante la entrega material del bien y la suscripción de los documentos necesarios para el traspaso de dominio ante el organismo competente (Agencia Nacional de Tránsito - ANT), dentro de los __ días calendario siguientes a la fecha de suscripción del presente contrato.
La entrega material del vehículo se realizará en: __________, en las condiciones actuales del bien, las mismas que el Comprador declara conocer y aceptar.
CLÁUSULA QUINTA: DOCUMENTOS A ENTREGAR
El Vendedor se obliga a entregar al Comprador, junto con el vehículo, los siguientes documentos:
- Título de propiedad (matrícula) del vehículo.
- Revisión técnica vehicular vigente (de ser aplicable).
- Certificado de no adeudar al SRI por impuesto a los vehículos motorizados.
- Certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad (de ser aplicable).
- Cualquier otro documento requerido por la ANT para el traspaso de dominio.
CLÁUSULA SEXTA: SANEAMIENTO POR EVICCIÓN Y VICIOS OCULTOS
El Vendedor se obliga a sanear al Comprador de toda evicción, perturbación o despojo que sufriere en el dominio, posesión o tenencia del vehículo, conforme lo establecido en los Arts. 1791 y siguientes del Código Civil. Asimismo, el Vendedor garantiza que el vehículo no posee vicios ocultos que lo hagan impropio para su uso natural o que disminuyan su valor de tal manera que el Comprador no lo hubiera adquirido o lo hubiera adquirido a menor precio, según lo dispuesto en el Art. 1810 del Código Civil Ecuatoriano.
CLÁUSULA SÉPTIMA: GASTOS DEL CONTRATO Y TRASPASO
Los gastos notariales, de registro, de traspaso ante la ANT, impuestos y demás costos inherentes al perfeccionamiento de la presente compraventa serán de cargo exclusivo del Comprador, salvo acuerdo distinto entre las partes.
CLÁUSULA OCTAVA: RIESGOS Y RESPONSABILIDADES
A partir de la entrega material del vehículo, todos los riesgos de pérdida, deterioro o destrucción del bien serán de cargo exclusivo del Comprador. Del mismo modo, cualquier multa, infracción de tránsito, o responsabilidad civil derivada del uso del vehículo será de exclusiva responsabilidad del Comprador desde el momento de la entrega.
CLÁUSULA NOVENA: CLÁUSULA RESOLUTORIA
En caso de incumplimiento del Comprador en el pago del precio o de cualquiera de las cuotas pactadas, el Vendedor tendrá derecho a exigir el cumplimiento forzado del contrato o la resolución del mismo, en ambos casos con indemnización de daños y perjuicios, de conformidad con el Art. 1505 del Código Civil Ecuatoriano. Para el caso de resolución, el Comprador deberá devolver el vehículo en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el desgaste por uso normal.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN DE LEGALIDAD
El Vendedor declara bajo juramento que el vehículo descrito en este contrato ha sido adquirido de manera lícita, que no proviene de actividad ilícita alguna, y que no registra reportes de robo o hurto en la base de datos del sistema integrado de seguridad del ECU 911 o de la Policía Nacional del Ecuador.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes señalan como domicilio especial la ciudad de __________ y se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales competentes de dicha ciudad, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan su libre y voluntaria aceptación de todas y cada una de las cláusulas del presente contrato, sin que medie error, fuerza, dolo ni ningún otro vicio del consentimiento, y en prueba de ello lo suscriben en dos ejemplares de igual tenor y valor, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.
EL VENDEDOR:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________
Teléfono: __________________________
EL COMPRADOR:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________
Teléfono: __________________________
TESTIGO 1 (opcional):
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________
TESTIGO 2 (opcional):
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________