Contrato de Explotación Minera
CONTRATO DE EXPLOTACIÓN MINERA
En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.
Comparecen a la celebración del presente contrato de explotación minera:
TITULAR DE LA CONCESIÓN: __________ (Nombre / Razón Social), con __________ (cédula de ciudadanía / RUC) No. __________, domiciliado/a en __________, cantón __________, provincia de __________, representado/a legalmente por __________, en calidad de __________, a quien en adelante se denominará "EL TITULAR".
OPERADOR MINERO: __________ (Nombre / Razón Social), con RUC No. __________, domiciliado/a en __________, representado/a legalmente por __________, en calidad de __________, a quien en adelante se denominará "EL OPERADOR".
Los comparecientes, capaces para contratar y obligarse, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente contrato de explotación minera, al tenor de las siguientes cláusulas y en observancia de las disposiciones de la Ley de Minería, su Reglamento General y demás normas aplicables:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
EL TITULAR declara ser titular de la Concesión Minera No. __________, denominada "__________", otorgada por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR) mediante Resolución No. __________ de fecha __________, inscrita en el Registro Minero Nacional bajo el No. , la cual ampara el área de ** hectáreas** ubicada en el sector __________, parroquia __________, cantón __________, provincia de __________.
La concesión tiene vigencia hasta el __ de __________ de 20__ y se encuentra al día en el pago de patentes mineras y demás obligaciones ante la ARCERNNR.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
EL TITULAR autoriza a EL OPERADOR a realizar todas las actividades de explotación minera dentro del área de la concesión descrita, para la extracción de __________ (oro / plata / cobre / zinc / minerales de construcción / otro), de conformidad con el Plan de Minado aprobado por la ARCERNNR y el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado por la autoridad ambiental competente.
Las actividades autorizadas comprenden:
a) Preparación y desarrollo de labores mineras subterráneas y/o a cielo abierto; b) Extracción, cargue y transporte del mineral; c) Trituración, clasificación y procesamiento primario conforme al plan de minado; d) Manejo y disposición de estériles y desmontes; e) Operación y mantenimiento de instalaciones, maquinaria y equipos; f) Todas las actividades conexas necesarias para la explotación eficiente del mineral.
CLÁUSULA TERCERA: PLAZO
El presente contrato tendrá una duración de __________ años, contado a partir del __ de __________ de 20__. El plazo no podrá exceder el término de vigencia de la concesión minera. Las partes podrán renovarlo por acuerdo escrito con al menos noventa (90) días de anticipación al vencimiento.
CLÁUSULA CUARTA: PRODUCCIÓN Y PLAN DE MINADO
El plan de minado aprobado por la ARCERNNR establece:
- Volumen de extracción anual: __________ toneladas métricas (TM);
- Ley de corte del mineral: __________ g/t (gramos por tonelada) para oro / __________ % para cobre / otro;
- Método de explotación: __________ (cielo abierto / subterráneo / mixto);
- Vida útil del yacimiento estimada: __________ años.
Cualquier modificación al plan de minado deberá contar con la aprobación previa de la ARCERNNR.
CLÁUSULA QUINTA: RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y DISTRIBUCIÓN
Como contraprestación por la autorización de explotación, las partes acuerdan la siguiente retribución económica:
Modalidad: __________ (regalía sobre producción / precio fijo por tonelada / participación en utilidades / combinación)
Porcentaje/Valor:
- EL TITULAR recibirá: ________ % de la producción bruta de mineral, o USD $__________ por tonelada extraída;
- EL OPERADOR retendrá: ________ % de la producción bruta, sujeto al pago de las obligaciones al Estado;
Pagos al Estado a cargo de EL OPERADOR:
- Regalías mineras conforme al Art. 93 de la Ley de Minería: ____ % sobre las ventas;
- Utilidades laborales: 15 % sobre las utilidades conforme al Código de Trabajo;
- Impuesto sobre la renta conforme a la LORTI;
- Impuesto mínimo de implantación y pago de patentes anuales.
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES AMBIENTALES Y PLAN DE CIERRE
EL OPERADOR se obliga a:
a) Ejecutar las actividades de explotación conforme al EIA aprobado y la normativa ambiental vigente del MAATE; b) Implementar el Plan de Manejo Ambiental (PMA) en todas sus fases; c) Realizar el monitoreo ambiental periódico y reportar a la autoridad ambiental; d) Depositar y mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento del PMA conforme al Art. 78 de la Ley de Minería; e) Implementar el Plan de Cierre de Minas al término de la explotación; f) Pagar la póliza de seguro ambiental conforme a la normativa aplicable.
CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
EL OPERADOR se obliga a:
a) Cumplir con todas las disposiciones del Código de Trabajo ecuatoriano respecto al personal contratado; b) Afiliar a todo el personal al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); c) Implementar un Plan de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional (SISO) conforme al Reglamento de Seguridad Minera; d) Dar preferencia a la contratación de mano de obra local de las comunidades aledañas al área minera; e) Cumplir con el plan de Responsabilidad Social Empresarial acordado con las comunidades del área de influencia; f) Reportar periódicamente a la ARCERNNR sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales.
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
EL OPERADOR es responsable del cumplimiento de todas las obligaciones tributarias derivadas de la explotación minera, incluyendo:
a) Pago de regalías conforme al Art. 93 de la Ley de Minería; b) Impuesto a la renta conforme a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI); c) Pago de patentes mineras anuales; d) Utilidades anticipadas conforme a la normativa tributaria; e) IVA en las adquisiciones de bienes y servicios; f) Demás tributos establecidos en la normativa vigente.
CLÁUSULA NOVENA: INSPECCIÓN Y CONTROL
EL TITULAR tendrá derecho a inspeccionar las operaciones mineras en cualquier momento, previa notificación con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación. La ARCERNNR y demás autoridades de control mantendrán sus facultades de inspección y fiscalización conforme a la Ley de Minería.
EL OPERADOR deberá llevar registros contables, productivos y ambientales actualizados, disponibles para inspección.
CLÁUSULA DÉCIMA: TERMINACIÓN
El contrato terminará por:
a) Vencimiento del plazo pactado; b) Mutuo acuerdo escrito de las partes; c) Extinción, caducidad o nulidad de la concesión minera; d) Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas, previa notificación y plazo de subsanación de treinta (30) días; e) Resolución judicial o administrativa ejecutoriada; f) Insolvencia o quiebra de EL OPERADOR.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Las controversias que no puedan resolverse de manera directa serán sometidas a mediación en el Centro de Mediación de la Cámara de Comercio de __________ o ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito. De no resolverse en mediación, las partes se someten al arbitraje conforme a la Ley de Arbitraje y Mediación ecuatoriana, con sede en la ciudad de __________.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes declaran haber leído y aceptado el presente contrato en todas sus partes. Firman en tres (3) ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad y fecha indicadas al inicio.
EL TITULAR DE LA CONCESIÓN:
Firma: __________________________
Nombre / Razón Social: __________________________
C.I. / RUC: __________________________
Representante Legal: __________________________
EL OPERADOR MINERO:
Firma: __________________________
Nombre / Razón Social: __________________________
C.I. / RUC: __________________________
Representante Legal: __________________________
Contrato celebrado conforme a la Ley de Minería (R.O. Suplemento No. 517, 29 de enero de 2009), el Reglamento General de la Ley de Minería (R.O. Suplemento No. 67, 16 de noviembre de 2009) y demás normas aplicables.