Contrato de Teletrabajo
CONTRATO DE TELETRABAJO
En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.
Comparecen a la celebración del presente contrato de teletrabajo:
EMPLEADOR: La empresa __________, con RUC No. __________, representada legalmente por el/la señor/a __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL EMPLEADOR".
TELETRABAJADOR: El/La señor/a __________, de nacionalidad __________, mayor de edad, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL/LA TELETRABAJADOR/A".
Los comparecientes, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente Contrato de Teletrabajo, de conformidad con el Acuerdo Ministerial MDT-2020-181 del Ministerio de Trabajo, el Artículo 16.1 del Código de Trabajo (incorporado por la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario) y el Convenio 177 de la OIT sobre Trabajo a Domicilio, conforme a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Y MODALIDAD
EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL/LA TELETRABAJADOR/A bajo la modalidad de teletrabajo, para desempeñar el cargo de __________, cuyas funciones principales son:
a) __________ b) __________ c) __________ d) Las demás funciones relacionadas con el cargo que sean compatibles con la modalidad de teletrabajo.
Modalidad de teletrabajo: (marcar la que corresponda)
- ☐ Teletrabajo autónomo: El/la trabajador/a presta sus servicios de forma permanente desde una ubicación remota, sin asistencia regular a las instalaciones del empleador.
- ☐ Teletrabajo parcial: El/la trabajador/a alterna períodos de trabajo remoto con presencia en las instalaciones del empleador, de la siguiente manera: __ días remotos y __ días presenciales por semana.
- ☐ Teletrabajo ocasional: El/la trabajador/a trabaja de forma remota de manera eventual, según acuerdo con el empleador.
CLÁUSULA SEGUNDA: LUGAR DE TRABAJO REMOTO
El/la teletrabajador/a prestará sus servicios principalmente desde:
Dirección del lugar de teletrabajo: __________
Ciudad: __________
El/la teletrabajador/a podrá solicitar el cambio de lugar de teletrabajo, previa notificación y aprobación escrita de EL EMPLEADOR, con al menos __ días de anticipación. El nuevo lugar deberá cumplir las condiciones ergonómicas y de seguridad requeridas para el teletrabajo.
CLÁUSULA TERCERA: JORNADA DE TRABAJO Y DERECHO A LA DESCONEXIÓN
La jornada de trabajo será la siguiente:
- Días de trabajo: __________
- Horario: de __________ a __________ horas.
- Horas semanales: __ horas (no superiores a las 40 horas semanales establecidas en el Art. 47 del Código de Trabajo).
Conforme al Artículo 16.1 del Código de Trabajo y el Acuerdo Ministerial MDT-2020-181, EL/LA TELETRABAJADOR/A goza del derecho a la desconexión digital fuera de su jornada laboral. EL EMPLEADOR se compromete a respetar los tiempos de descanso y no requerir respuesta ni disponibilidad fuera del horario pactado, salvo casos de emergencia debidamente justificados.
Mecanismos de supervisión: Las partes acuerdan los siguientes medios para el reporte de actividades y supervisión del trabajo:
- Reporte diario / semanal de avances mediante: __________
- Reuniones virtuales: __________ (frecuencia y plataforma)
- Sistema de gestión de tareas: __________
CLÁUSULA CUARTA: REMUNERACIÓN
EL EMPLEADOR pagará a EL/LA TELETRABAJADOR/A una remuneración mensual de USD $__________ (__________ dólares), que no podrá ser inferior al Salario Básico Unificado vigente ni ser menor a la que percibiría en modalidad presencial para el mismo cargo.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta No. __________ del banco __________, de forma mensual / quincenal, conforme al Artículo 94 del Código de Trabajo.
CLÁUSULA QUINTA: EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y CONECTIVIDAD
Conforme al Artículo 16.1 del Código de Trabajo y el Acuerdo Ministerial MDT-2020-181, las partes acuerdan lo siguiente respecto a equipos y herramientas:
5.1. Equipos provistos por el empleador:
- ☐ Computador portátil / de escritorio: __________
- ☐ Monitor adicional: __________
- ☐ Teléfono corporativo: __________
- ☐ Software y licencias: __________
- ☐ Otros: __________
5.2. Equipos propios del teletrabajador:
El/la teletrabajador/a aportará los siguientes equipos propios, por los cuales EL EMPLEADOR reconocerá una compensación mensual de USD $__________ por concepto de uso y desgaste:
5.3. Compensación por conectividad:
EL EMPLEADOR reconocerá al teletrabajador una compensación mensual de USD $__________ por concepto de conexión a internet y servicios de telefonía, previa presentación de los comprobantes correspondientes / de forma fija mensual.
5.4. Condiciones de los equipos: Los equipos provistos por el empleador son de su exclusiva propiedad y deberán ser devueltos al terminar la relación laboral. El teletrabajador será responsable de su uso adecuado y deberá reportar cualquier daño o avería.
CLÁUSULA SEXTA: SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL/LA TELETRABAJADOR/A se compromete a:
a) Utilizar los recursos tecnológicos provistos únicamente para fines laborales; b) Cumplir con las políticas de seguridad informática y protección de datos de EL EMPLEADOR; c) No compartir contraseñas, claves de acceso ni información confidencial con terceros; d) Utilizar redes de internet seguras y, de preferencia, la VPN corporativa proporcionada por el empleador; e) Notificar inmediatamente al empleador ante cualquier incidente de seguridad informática; f) Guardar confidencialidad absoluta sobre la información a la que tenga acceso en razón de sus funciones, obligación que subsistirá tras la terminación de la relación laboral.
CLÁUSULA SÉPTIMA: CONDICIONES ERGONÓMICAS Y DE SEGURIDAD
EL/LA TELETRABAJADOR/A declara que su lugar de teletrabajo cumple las siguientes condiciones mínimas:
a) Iluminación natural y/o artificial adecuada; b) Ventilación suficiente; c) Mobiliario ergonómico (silla, escritorio) que permita una postura adecuada; d) Nivel de ruido que permita la concentración; e) Conexión eléctrica estable y segura.
EL EMPLEADOR podrá realizar visitas de verificación de las condiciones del lugar de teletrabajo, previa notificación con al menos 48 horas de anticipación y con consentimiento del trabajador, conforme al Acuerdo Ministerial MDT-2020-181.
CLÁUSULA OCTAVA: PERÍODO DE PRUEBA
Se establece un período de prueba de noventa (90) días contados desde el inicio de labores, conforme al Artículo 15 del Código de Trabajo.
CLÁUSULA NOVENA: BENEFICIOS SOCIALES
EL/LA TELETRABAJADOR/A gozará de todos los beneficios sociales establecidos en el Código de Trabajo, en igualdad de condiciones con los trabajadores presenciales que desempeñan el mismo cargo:
a) Afiliación al IESS desde el primer día (Art. 73 C.T.); b) Décimo Tercer Sueldo (Art. 111 C.T.); c) Décimo Cuarto Sueldo (Art. 113 C.T.); d) Fondos de Reserva (Art. 196 C.T.); e) Vacaciones anuales (Art. 69 C.T.); f) Utilidades (Art. 97 C.T.); g) Todos los demás beneficios aplicables según la ley.
CLÁUSULA DÉCIMA: REVERSIBILIDAD
Conforme al Acuerdo Ministerial MDT-2020-181, el teletrabajo es de carácter voluntario y reversible. Cualquiera de las partes podrá solicitar el retorno a la modalidad presencial, previa notificación por escrito con __ días de anticipación, sin que ello implique modificación de las demás condiciones laborales.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL TELETRABAJADOR
Además de las establecidas en el Artículo 45 del Código de Trabajo, EL/LA TELETRABAJADOR/A deberá:
a) Estar disponible y conectado/a durante el horario de trabajo pactado; b) Cumplir las metas, indicadores y plazos de entrega acordados; c) Participar en reuniones virtuales y de ser requerido, presenciales; d) Cuidar los equipos y herramientas del empleador; e) No autorizar el acceso de terceros a las plataformas y sistemas corporativos.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato es de naturaleza indefinida y terminará por las causales del Artículo 169 del Código de Trabajo. La modalidad de teletrabajo no altera los derechos indemnizatorios del trabajador en caso de despido intempestivo (Art. 188 C.T.) ni su derecho a solicitar Visto Bueno (Art. 173 C.T.).
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: REGISTRO Y LEGALIZACIÓN
EL EMPLEADOR registrará el presente contrato en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio de Trabajo dentro de los treinta (30) días siguientes a su celebración, conforme al Artículo 20 del Código de Trabajo y el Acuerdo Ministerial MDT-2020-181.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: JURISDICCIÓN
Las controversias que se deriven del presente contrato se someterán a los Jueces de Trabajo competentes de __________, de conformidad con el Código de Trabajo del Ecuador.
Las partes declaran su conformidad y suscriben en dos ejemplares de igual valor.
EL EMPLEADOR:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I./RUC: __________________________
Cargo: __________________________
Fecha: __________________________
EL/LA TELETRABAJADOR/A:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I.: __________________________
Fecha: __________________________