Mercantil

Letra de Cambio

Ley aplicable: Código de Comercio del Ecuador, Arts. 410-485; Código Orgánico General de Procesos (COGEP)Actualizado: marzo de 2026

LETRA DE CAMBIO


DATOS DEL TÍTULO VALOR

Lugar de emisión (Libramiento): __________, Ecuador

Fecha de emisión: __________ de __________ de 20__

No. de Letra de Cambio: __________

Valor: USD $__________ (__________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRIC __/100)


CLÁUSULA PRIMERA: ORDEN DE PAGO

Yo / Nosotros, __________, portador/a de la cédula de ciudadanía / RUC / pasaporte No. __________, domiciliado/a en __________, República del Ecuador, a quien en adelante se denominará "EL LIBRADOR", de conformidad con los Arts. 410 al 485 del Código de Comercio del Ecuador, ordeno/ordenamos incondicional e irrevocablemente a:

EL LIBRADO / ACEPTANTE: __________, portador/a de la cédula de ciudadanía / RUC / pasaporte No. __________, domiciliado/a en __________, a quien en adelante se denominará "EL LIBRADO",

que a la presentación de esta Letra de Cambio, o en la fecha de vencimiento indicada, pague sin protesto a la orden de:

EL TOMADOR / BENEFICIARIO: __________, portador/a de la cédula de ciudadanía / RUC / pasaporte No. __________, domiciliado/a en __________, a quien en adelante se denominará "EL BENEFICIARIO",

o a quien sus derechos represente, la suma de USD $__________ (__________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRIC), en las condiciones establecidas en el presente instrumento.


CLÁUSULA SEGUNDA: MODALIDAD Y VENCIMIENTO

La presente Letra de Cambio vence: (seleccione la modalidad aplicable conforme al Art. 431 del Código de Comercio)

  • A la vista: A su presentación al Librado, dentro del plazo de un año desde la fecha de emisión.
  • A cierto plazo vista: __________ días / meses desde la fecha de presentación al Librado para su aceptación.
  • A cierto plazo desde la fecha: __________ días / meses contados desde la fecha de emisión, es decir, el día __________ de __________ de 20__.
  • A día fijo: El día __________ de __________ de 20__.

Lugar de pago: __________, en la dirección __________ / mediante transferencia a la cuenta No. __________ del banco __________, a nombre de __________.


CLÁUSULA TERCERA: ACEPTACIÓN DE EL LIBRADO

(Esta sección debe ser completada y firmada por EL LIBRADO al momento de la aceptación)

Yo, __________ (EL LIBRADO), acepto la presente Letra de Cambio y me obligo a pagar la suma indicada al BENEFICIARIO o a quien sus derechos represente, en la fecha y lugar de pago señalados, de conformidad con el Art. 441 del Código de Comercio.

ACEPTO

Firma del Librado / Aceptante: __________________________

Nombre: __________________________

C.I. / RUC: __________________________

Fecha de aceptación: __________________________

Lugar de aceptación: __________________________


CLÁUSULA CUARTA: INTERESES

(Incluir únicamente en letras a la vista o a cierto plazo vista, conforme al Art. 432 del Código de Comercio)

La suma indicada devengará intereses a la tasa del __% anual (dentro de los límites máximos establecidos por el Banco Central del Ecuador), desde la fecha de emisión hasta la fecha de pago efectivo.

En caso de mora, se aplicarán los intereses de mora a la tasa máxima legal vigente establecida por el Banco Central del Ecuador, desde la fecha de vencimiento hasta el pago efectivo.


CLÁUSULA QUINTA: AVALES Y GARANTÍAS

(Incluir si existe aval conforme al Art. 460 del Código de Comercio)

La presente Letra de Cambio cuenta con el aval de:

AVALISTA: __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, domiciliado/a en __________, quien se obliga solidariamente con EL LIBRADO / ACEPTANTE por el pago íntegro de esta Letra de Cambio y sus accesorios.

Firma del Avalista: __________________________

Nombre: __________________________

C.I. / RUC: __________________________

El aval garantiza el pago (total / parcial: USD $__________). La obligación del avalista subsiste aunque la obligación garantizada sea nula por cualquier causa que no sea un vicio de forma, conforme al Art. 462 del Código de Comercio.


CLÁUSULA SEXTA: ENDOSO Y CIRCULACIÓN

La presente Letra de Cambio es un título valor a la orden y puede circular libremente mediante endoso, conforme a los Arts. 417 y siguientes del Código de Comercio. Cada endosante garantiza la aceptación y el pago de la letra frente a los tenedores posteriores, salvo cláusula en contrario.

El endoso debe ser puro y simple, escrito en la misma letra o en hoja adherida (prolongación), firmado por el endosante. El endoso puede ser:

  • En propiedad: Transfiere la titularidad plena de la letra;
  • En procuración: Autoriza al endosatario a cobrar en nombre del endosante;
  • En garantía: Constituye un derecho de prenda sobre la letra.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PROTESTO

(Incluir si aplica)

En caso de falta de aceptación o de pago, la letra deberá ser protestada conforme a los Arts. 466 y siguientes del Código de Comercio, ante Notario Público, dentro de los plazos establecidos por la ley, para conservar las acciones de regreso contra el librador y los endosantes.

(Cláusula SIN PROTESTO: "Sin gastos" / "Sin protesto" — Si se incluye esta cláusula, el tenedor quedará dispensado del protesto para ejercer la acción de regreso, conforme al Art. 468 del Código de Comercio)


CLÁUSULA OCTAVA: MÉRITO EJECUTIVO Y ACCIONES CAMBIARIAS

La presente Letra de Cambio tiene mérito ejecutivo como título valor. El tenedor legítimo podrá ejercer:

a) Acción directa: Contra el aceptante y sus avalistas; b) Acción de regreso: Contra el librador, endosantes y sus avalistas, previa protesto si no se incluyó la cláusula "sin protesto".

Las acciones cambiarias se ejercerán ante los jueces competentes del domicilio del demandado, conforme al Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y el Código de Comercio.

La acción cambiaria directa prescribe en __________ años desde el vencimiento, y la acción de regreso en __________ años, conforme al Art. 485 del Código de Comercio.


CLÁUSULA NOVENA: GASTOS Y COSTAS DE COBRANZA

Todos los gastos judiciales, extrajudiciales, honorarios de abogado y costas derivados del cobro de esta Letra de Cambio serán de cargo de los obligados cambiarios (aceptante, librador, endosantes y avalistas), conforme al Código de Comercio y el Código Orgánico General de Procesos.


CLÁUSULA DÉCIMA: CAUSA Y OBLIGACIÓN SUBYACENTE

La presente Letra de Cambio se emite en virtud de __________ (describir la causa: compraventa de bienes, prestación de servicios, obligación dineraria, etc.), de conformidad con el Código de Comercio y el Código Civil ecuatoriano. La abstracción cambiaria de este título no impide al obligado oponer excepciones causales al tomador inmediato.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

La presente Letra de Cambio se rige por el Código de Comercio del Ecuador (Arts. 410-485), el Código Civil y demás normas aplicables. Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces competentes de la ciudad de __________, República del Ecuador.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DECLARACIÓN DEL LIBRADOR

EL LIBRADOR declara que emite la presente Letra de Cambio de conformidad con la ley, con plena capacidad jurídica y por su propia voluntad, conociendo los efectos y consecuencias legales del presente título valor.


 

EL LIBRADOR:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I. / RUC: __________________________

Dirección: __________________________

Teléfono: __________________________

 


La presente Letra de Cambio fue librada en ________, el __ de __________ de 20, y consta de __________ hoja(s).


ESPACIO PARA ENDOSOS:

 

Primer Endoso: Páguese a la orden de __________, por valor (recibido / en cobranza / en garantía). ________, __ de __________ de 20.

Firma del Endosante: __________________________ C.I.: __________________________

 

Segundo Endoso: Páguese a la orden de __________, por valor (recibido / en cobranza / en garantía). ________, __ de __________ de 20.

Firma del Endosante: __________________________ C.I.: __________________________

 

Tercer Endoso: Páguese a la orden de __________, por valor (recibido / en cobranza / en garantía). ________, __ de __________ de 20.

Firma del Endosante: __________________________ C.I.: __________________________